¿Sabes si tu empresa está obligada a constituir una garantía financiera para asumir los posibles daños medioambientales de su actividad? Para conocerlo es necesario elaborar un Análisis de Riesgos Ambientales (ARA), obligatorio para las actividades incluidas en el Anexo III de la Ley 26/2007 de Responsabilidad Medioambiental.
De este modo, los ARA se erigen como una herramienta necesaria para el cálculo de la garantía financiera que dichas empresas están obligadas a constituir. Pero no solo constituye un requerimiento legal, sino que ayuda a las diferentes industrias a prevenir los riesgos ambientales derivados de su actividad y establecer las bases para una gestión eficaz, facilitando la toma de decisiones. Un análisis de riesgos ambientales, por tanto, examina la relación existente entre las causas y consecuencias que derivan en accidentes concretos.
Con la nueva Ley de Residuos (Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular) también los gestores de residuos están obligados a suscribir un seguro o constituir una garantía financiera. En el caso de tratarse de negociantes, transportistas y entidades que realicen operaciones de tratamiento de residuos peligrosos y, en el resto de los casos, cuando así lo exijan las normas que regulan la gestión de residuos específicos o las que regulen operaciones de gestión.