Análisis de Riesgo Ambiental, todo lo que necesitas saber

¿Sabes si tu empresa está obligada a constituir una garantía financiera para asumir los posibles daños medioambientales de su actividad? Para conocerlo es necesario elaborar un Análisis de Riesgos Ambientales (ARA), obligatorio para las actividades incluidas en el Anexo III de la Ley 26/2007 de Responsabilidad Medioambiental.

De este modo, los ARA se erigen como una herramienta necesaria para el cálculo de la garantía financiera que dichas empresas están obligadas a constituir. Pero no solo constituye un requerimiento legal, sino que ayuda a las diferentes industrias a prevenir los riesgos ambientales derivados de su actividad y establecer las bases para una gestión eficaz, facilitando la toma de decisiones. Un análisis de riesgos ambientales, por tanto, examina la relación existente entre las causas y consecuencias que derivan en accidentes concretos.

Con la nueva Ley de Residuos (Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular) también los gestores de residuos están obligados a suscribir un seguro o constituir una garantía financiera. En el caso de tratarse de negociantes, transportistas y entidades que realicen operaciones de tratamiento de residuos peligrosos y, en el resto de los casos, cuando así lo exijan las normas que regulan la gestión de residuos específicos o las que regulen operaciones de gestión.

¿Tienes que realizar un ARA?

¿Qué aporta un ARA a tu empresa?

Cumplir con la normativa vigente en materia de residuos y suelos contaminados.

Mejora la imagen corporativa analizando los impactos en el entorno que la actividad empresarial puede provocar.

Permite adquirir el conocimiento necesario para la elaboración e implantación de planes de prevención.

Fases que involucran a un Análisis de Riesgos Ambientales

Fase 1.1: Recogida y análisis de información técnica y medioambiental,
Fase 1.2: Identificación del peligro (sustancias peligrosas, almacenamiento de sustancias, estado de los suelos…),
Fase 1.3: Factores condicionantes,
Fase 1.4: Diagnóstico del entorno (medio físico y medio biótico),
Fase 1.5: Escenarios accidentales,
Fase 2: Estimación del índice de daño ambiental (mediante la metodología de cálculo del IDM),
Fase 2.1: Cálculo de los riesgos asociados,
Fase 2.2: Selección del escenario de referencia,
Fase 3: Cuantificación del daño ambiental (a través de la herramienta MORA),
Fase 4: Estimación de la cuantía de la garantía financiera.

Fases de un Análisis de Riesgo Ambiental

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    Preguntas Frecuentes

    ¿Estoy obligado a hacer un ARA?

    Estás obligado a realizar un análisis de riesgos ambientales si tu empresa se encuentra dentro de las actividades incluidas en el Anexo III de la Ley 26/2007, en cuyo caso deberás constituir una garantía financiera para poder hacer frente a los posibles daños medioambientales inherentes a la actividad que desarrollas. También, según la Ley 7/2022, es obligatorio para todos los productores de 10 toneladas de residuos peligrosos para cubrir los costes de reparación y recuperación del medio ambiente alterado.

    ¿Cuándo tengo que constituir una garantía financiera?

    Deben constituir una garantía financiera las empresas que cuentan con la ISO 14.001/EMAS y sean susceptibles de ocasionar daños cuya reparación se evalúe en más de 2.000.000 euros. También aquellas empresas que no cuenten con la ISO 14.001/EMAS y que el daño ocasionado esté valorado en más de 300.000 euros.

    ¿Cuándo tengo que actualizar mi ARA?

    La Ley de Responsabilidad Medioambiental exige que los ARA establezcan un plan de revisión del análisis de riesgos ambientales. Las instalaciones y su entorno son dinámicos, lo que obliga a que la evaluación de riesgos ambientales sea también un proceso dinámico y revisable. La frecuencia y alcance de las revisiones será tanto mayor cuanto mayor sean:

    • La complejidad y peligrosidad intrínseca de la actividad;
    • La calidad y fragilidad del entorno;
    • Las expectativas de los grupos de interés;
    • Las modificaciones del entorno legal aplicable;
    • Las modificaciones en los procesos e instalaciones la industria o centro analizado.